{"id":31706,"date":"2014-10-31T17:35:40","date_gmt":"2014-10-31T23:35:40","guid":{"rendered":"http:\/\/www.periodismous.com\/index\/?p=31706"},"modified":"2014-10-31T17:35:40","modified_gmt":"2014-10-31T23:35:40","slug":"por-esto-rechazaron-los-ministros-de-la-scjn-las-consultas-energeticas-de-morena-y-prd","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/archivos\/31706","title":{"rendered":"Por esto rechazaron los ministros de la SCJN las consultas energ\u00e9ticas de Morena y PRD"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.periodismonews.com\/index\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/SCJN.jpg\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.periodismonews.com\/index\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/SCJN.jpg?resize=258%2C121\" alt=\"SCJN\" width=\"258\" height=\"121\" class=\"alignnone size-full wp-image-31707\" \/><\/a><\/p>\n<p>En menos de tres horas, la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) rechaz\u00f3 ayer jueves 30 de octubre la constitucionalidad de la consulta popular sobre la reforma energ\u00e9tica que propusieron por separado el Movimiento Regeneraci\u00f3n Nacional (Morena) y el Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica.<br \/>\nPor amplia mayor\u00eda -nueve votos en contra y solo uno a favor-, los ministros rechazaron ambas propuestas por separado argumentando que el Art\u00edculo 35 de la Constituci\u00f3n proh\u00edbe la posibilidad de que se celebre alguna consulta p\u00fablica relacionada con los ingresos y egresos del Estado, por lo que el pleno aval\u00f3 el proyecto de la ministra Olga S\u00e1nchez Cordero y rechaz\u00f3 las consultas.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, Animal Pol\u00edtico te presenta las principales claves que los ministros de la SCJN argumentaron para desechar las consultas energ\u00e9ticas:<\/p>\n<p>Ministra Olga S\u00e1nchez Cordero<\/p>\n<p>La ministra S\u00e1nchez Cordero record\u00f3, al presentar la ponencia sobre el tema, que el Art\u00edculo 35 constitucional proh\u00edbe la posibilidad de que se celebre alguna Consulta P\u00fablica relacionada con los ingresos y egresos del Estado, por lo que es inconstitucional e improcedente la solicitud que present\u00f3 el Movimiento de Regeneraci\u00f3n Nacional (Morena).<\/p>\n<p>Asimismo, S\u00e1nchez Cordero plantea que la pregunta propuesta por Morena a realizar en la consulta -\u00bfEst\u00e1s de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la exploraci\u00f3n del petr\u00f3leo, el gas, la refinaci\u00f3n, la petroqu\u00edmica y la industria el\u00e9ctrica?-, es inconstitucional \u201cen la medida en que las actividades referidas pertenecen al r\u00e9gimen de ingresos del Estado Mexicano\u201d.<\/p>\n<p>Ministro P\u00e9rez Day\u00e1n<\/p>\n<p>El ministro Alberto P\u00e9rez Day\u00e1n se\u00f1al\u00f3 que la solicitud de Morena no cumple con los requisitos que marca la Constituci\u00f3n, que proh\u00edbe realizar dicho procedimiento de consulta en asuntos relacionadas con los ingresos y egresos del Estado.<\/p>\n<p>\u201cEn caso de que (\u2026) hubiere que pronunciarse respecto de la pregunta espec\u00edfica ya le\u00edda aqu\u00ed por la se\u00f1ora Ministra ponente (\u2026), debo simple y sencillamente en tanto estamos analizando globalmente el contenido del asunto, que \u00e9sta como fue formulada, no cumple ninguno de los requisitos que establece la Ley Federal de Consulta Popular, ni tendr\u00eda posibilidad alguna de reformulaci\u00f3n\u201d, apunt\u00f3 el ministro, que adem\u00e1s argument\u00f3 que dicha pregunta, como se encuentra formulada, \u201cgenera m\u00faltiples variantes en las cuales el consultado podr\u00eda estar de acuerdo en alguno de los casos con todo su consentimiento, y en algunos otros s\u00f3lo en parte, lo cual llevar\u00eda a no tener en este sentido un ejercicio cierto, certero y, por lo menos eficaz como para darnos una respuesta concreta de lo que la ciudadan\u00eda piensa\u201d.<\/p>\n<p>Ministra Margarita Luna Ramos<\/p>\n<p>En su exposici\u00f3n de motivos para votar en contra de la consulta energ\u00e9tica, la ministra Margarita Luna indic\u00f3 que la solicitud afecta los ingresos del Estado, y tambi\u00e9n consider\u00f3, en virtud del Art\u00edculo 35 fracci\u00f3n VIII punto tres, que la pregunta planteada por Morena es inconstitucional.<\/p>\n<p>\u201c(\u2026) El art\u00edculo 35 en la fracci\u00f3n VIII punto tres, si no mal recuerdo, est\u00e1 estableciendo la prohibici\u00f3n de que la consulta debe estar vedada para todas aquellas cuestiones relacionadas con los ingresos del Estado; me queda muy claro que en \u00e9ste caso concreto, no podr\u00edamos calificar de constitucional esta pregunta\u201d, dijo.<\/p>\n<p>Ministro Pardo Rebolledo<\/p>\n<p>Al anunciar su voto a favor del proyecto de S\u00e1nchez Cordero y en contra de la consulta, el ministro Mario Pardo Rebolledo dijo que la solicitud cae en una de las restricciones que se\u00f1ala el mencionado art\u00edculo 35 constitucional para celebrar una consulta popular, toda vez que la solicitud afecta los ingresos del Estado.<\/p>\n<p>Al respecto, el ministro coment\u00f3 que aunque es un gran avance que la Constituci\u00f3n reconozca como un derecho de los ciudadanos el poder participar en consultas populares, record\u00f3 que es misi\u00f3n de los integrantes del pleno de la SCJN \u201cdarle contenido y actualidad a las disposiciones constitucionales\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsta Suprema Corte no otorga ni proh\u00edbe el ejercicio de este derecho, el derecho est\u00e1 reconocido en la Constituci\u00f3n, pero tambi\u00e9n en el propio texto constitucional se le han puesto una serie de prohibiciones, una serie de restricciones al ejercicio de este derecho que, de acuerdo con jurisprudencia obligatoria de este propio Tribunal Pleno, tenemos obligaci\u00f3n de observar\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>Los ministros Fernando Franco Gonz\u00e1lez, Arturo Zald\u00edvar, Alfredo Guti\u00e9rrez, Luis Mar\u00eda Aguilar, y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, tambi\u00e9n votaron a favor del proyecto de la ministra S\u00e1nchez Cordero y en contra de la consulta argumentando que la solicitud afecta los ingresos del Estado.<\/p>\n<p>Ministro Jos\u00e9 Ram\u00f3n Coss\u00edo<\/p>\n<p>El \u00fanico voto en contra del proyecto que declara inconstitucional la solicitud de Morena y el PRD fue del ministro de Jos\u00e9 Ram\u00f3n Coss\u00edo D\u00edaz, quien se\u00f1al\u00f3 que el derecho a la consulta popular est\u00e1 plasmado en la Constituci\u00f3n y por ello se dijo a favor de la petici\u00f3n de Morena.<\/p>\n<p>\u201cLa figura de la consulta popular se encuentra como derecho humano ciudadano, en el art\u00edculo 35 de la Constituci\u00f3n\u201d, record\u00f3 el ministro. \u201cY la interpretaci\u00f3n de los derechos humanos debe ser la m\u00e1s ben\u00e9fica para la persona, ya que de otro modo ir\u00edamos en contra del sentido de art\u00edculo 1\u00ba constitucional y de los compromisos asumidos por el Estado mexicano, en materia de derechos humanos. Es por ello que la interpretaci\u00f3n a las restricciones al ejercicio de un derecho, en este caso a los temas que no pueden ser objeto de la consulta, debe hacerse de manera limitativa y estricta, restringiendo lo menos posible el acceso a la consulta, restringir la consulta, me parece que conlleva restringir un derecho humano\u201d, apunt\u00f3.<\/p>\n<p>Consulta PRD<\/p>\n<p>En cuanto a la consulta popular presentada por el PRD, la Suprema Corte tambi\u00e9n resolvi\u00f3 que \u00e9sta es inconstitucional, y por lo tanto improcedente, presentando pr\u00e1cticamente los mismos argumentos con los que rechaz\u00f3 la iniciativa de Morena.<\/p>\n<p>El pleno aval\u00f3 con nueve votos a favor y uno en contra la ponencia que present\u00f3 la ministra Margarita Luna Ramos, que se\u00f1ala que es inconstitucional la petici\u00f3n, \u201cpues la Reforma Energ\u00e9tica est\u00e1 destinada a generar mayores recursos para el Estado y los habitantes del pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p>En ese sentido, Luna Ramos record\u00f3 nuevamente que el art\u00edculo 35 de la Constituci\u00f3n proh\u00edbe la posibilidad de que se celebre alguna Consulta P\u00fablica relacionada con los ingresos y egresos del Estado, y que por ello es inconstitucional la solicitud que promovi\u00f3 el PRD.<br \/>\nFuente: Animal Pol\u00edtico<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En menos de tres horas, la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) rechaz\u00f3 ayer jueves 30 de octubre la constitucionalidad de la consulta popular sobre la reforma energ\u00e9tica que propusieron por separado el Movimiento Regeneraci\u00f3n Nacional (Morena) y el Partido de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica. Por amplia mayor\u00eda -nueve votos en contra y solo uno a favor-, los ministros rechazaron ambas propuestas por separado argumentando que el Art\u00edculo 35 de la Constituci\u00f3n proh\u00edbe la posibilidad de que se celebre alguna consulta p\u00fablica relacionada con los ingresos y egresos del&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-31706","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-locales"],"gutentor_comment":0,"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31706","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=31706"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31706\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=31706"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=31706"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=31706"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}