{"id":145333,"date":"2022-10-13T14:12:03","date_gmt":"2022-10-13T19:12:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agenciare.site\/index\/?p=145333"},"modified":"2022-10-13T14:12:03","modified_gmt":"2022-10-13T19:12:03","slug":"la-camara-de-diputados-aprobo-por-mayoria-calificada-dictamen-a-la-minuta-de-reforma-constitucional-sobre-guardia-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/archivos\/145333","title":{"rendered":"La C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3, por mayor\u00eda calificada, dictamen a la minuta de reforma constitucional sobre Guardia Nacional"},"content":{"rendered":"<p>\u2022 Las Fuerzas Armadas participar\u00e1n en tareas de seguridad p\u00fablica de forma extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2022 Establece un fondo permanente de apoyo a entidades y municipios para fortalecer sus instituciones de seguridad p\u00fablica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Pleno de la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3, por mayor\u00eda calificada, el dictamen a la minuta que modifica el art\u00edculo Quinto Transitorio del decreto que reforma diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el 26 de marzo de 2019.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En sesi\u00f3n presencial, luego de ser aprobado en lo general y en lo particular con la mayor\u00eda calificada de 339 votos a favor, 155 en contra y dos abstenciones, el proyecto de decreto se remiti\u00f3 a las legislaturas de los estados y al Congreso de la Ciudad de M\u00e9xico, para los efectos del art\u00edculo 135 constitucional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Menciona que durante los nueve a\u00f1os siguientes a la entrada en vigor del decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantaci\u00f3n territorial, el presidente de la Rep\u00fablica podr\u00e1 disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Conforme a los t\u00e9rminos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, la participaci\u00f3n de las Fuerzas Armadas deber\u00e1 ser extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil; regulada, para que cumpla con estricto apego al orden jur\u00eddico previsto en esta Constituci\u00f3n, en las leyes que de ella emanen y los tratados internacionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, fiscalizada, que implica la constante revisi\u00f3n o supervisi\u00f3n del funcionamiento institucional a trav\u00e9s de la rendici\u00f3n de cuentas, y subordinada y complementaria, de forma tal que las labores de apoyo que presten a las instituciones de seguridad p\u00fablica solo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El dictamen indica que la Fuerza Armada permanente realizar\u00e1 las tareas de seguridad p\u00fablica con su organizaci\u00f3n y medios, y deber\u00e1 capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Subraya que las acciones que lleve a cabo, en ning\u00fan caso tendr\u00e1n por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros \u00f3rdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Establece que el Ejecutivo Federal presentar\u00e1 al Congreso de la Uni\u00f3n un informe semestral, proporcionando indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad p\u00fablica, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas y afromexicanas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para el an\u00e1lisis y dictamen de los informes, a\u00f1ade que en un plazo no mayor a 60 d\u00edas, contados a partir de la entrada en vigor del decreto y hasta la conclusi\u00f3n del plazo se\u00f1alado en el primer p\u00e1rrafo, se integrar\u00e1 una Comisi\u00f3n Bicameral, en los t\u00e9rminos que acuerden los \u00f3rganos de direcci\u00f3n pol\u00edtica de las c\u00e1maras del Congreso de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Bicameral se reunir\u00e1 cada que lo solicite su directiva y para la emisi\u00f3n del dictamen semestral, convocar\u00e1 a los titulares de las secretar\u00edas de Gobernaci\u00f3n, de Seguridad y Protecci\u00f3n Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ese dictamen, a\u00f1ade, evaluar\u00e1 el cumplimiento de las condiciones establecidas para la participaci\u00f3n de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad p\u00fablica y deber\u00e1 se\u00f1alar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida su presencia en esas labores. Asimismo, contendr\u00e1 las recomendaciones que contribuyan al cumplimiento del plazo establecido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Puntualiza que la Comisi\u00f3n Bicameral remitir\u00e1 a cada una de las c\u00e1maras del Congreso los dict\u00e1menes semestrales, para su discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n. Una vez aprobados se enviar\u00e1n al Ejecutivo Federal, quien deber\u00e1 informar de la atenci\u00f3n que brind\u00f3 a las recomendaciones emitidas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El dictamen indica que la C\u00e1mara de Senadores, al analizar y aprobar los informes anuales que sobre las actividades de la Guardia Nacional le rinda el Ejecutivo Federal, evaluar\u00e1 la participaci\u00f3n de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad p\u00fablica, a fin de garantizar que, luego del plazo se\u00f1alado, la Fuerza Armada permanente concluya su participaci\u00f3n en labores de seguridad p\u00fablica, y la Guardia Nacional y las dem\u00e1s instituciones de seguridad p\u00fablica asuman a plenitud las facultades establecidas en el art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas remitir\u00e1n anualmente a las correspondientes legislaturas locales y al Consejo Nacional de Seguridad P\u00fablica la evaluaci\u00f3n integral, en una perspectiva de seis a\u00f1os, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma del programa se\u00f1alado en el art\u00edculo S\u00e9ptimo Transitorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los resultados de esas evaluaciones ser\u00e1n la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecuci\u00f3n por los \u00f3rganos competentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Expone que, a partir de la entrada en vigor del Decreto, el Consejo Nacional de Seguridad P\u00fablica determinar\u00e1 el grado de avance en el diagn\u00f3stico y los programas se\u00f1alados en el art\u00edculo S\u00e9ptimo Transitorio del decreto de fecha 26 de marzo de 2019 en materia de Guardia Nacional, a fin cumplir lo establecido en el segundo p\u00e1rrafo de dicho transitorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A partir del ejercicio fiscal 2023, a\u00f1ade, el Ejecutivo Federal establecer\u00e1 un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad p\u00fablica, mismo que se establecer\u00e1 de forma separada e identificable respecto de cualquier otro ramo o programa destinado a otros prop\u00f3sitos en el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Fondo no podr\u00e1 ser inferior en t\u00e9rminos porcentuales al incremento que reciba la Fuerza Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad p\u00fablica cada a\u00f1o y recursos no podr\u00e1n ser utilizados para otro fin.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Subraya que el fondo se distribuir\u00e1 en proporci\u00f3n directa al n\u00famero de habitantes con que cuente cada entidad federativa, de acuerdo con la informaci\u00f3n m\u00e1s reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda. Hasta un 25 por ciento de dicho fondo se asignar\u00e1 a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad p\u00fablica, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad P\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En adici\u00f3n a esos recursos federales establecidos, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas establecer\u00e1n anualmente un fondo de apoyo a las instituciones de seguridad p\u00fablica de los municipios, en especial aquellos con menor poblaci\u00f3n o mayor grado de marginaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los recursos que se asignen por cada entidad federativa deber\u00e1n ser al menos en una proporci\u00f3n uno a uno, respecto de los recursos federales a que se refiere este mismo art\u00edculo transitorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las partidas presupuestales no se exceptuar\u00e1n de la transparencia y fiscalizaci\u00f3n superior por razones de seguridad nacional y deber\u00e1n ser utilizadas de conformidad con el art\u00edculo 134 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la discusi\u00f3n en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD presentaron reservas, las cuales fueron desechadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2022 Las Fuerzas Armadas participar\u00e1n en tareas de seguridad p\u00fablica de forma extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria &nbsp; \u2022 Establece un fondo permanente de apoyo a entidades y municipios para fortalecer sus instituciones de seguridad p\u00fablica &nbsp; El Pleno de la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3, por mayor\u00eda calificada, el dictamen a la minuta que modifica el art\u00edculo Quinto Transitorio del decreto que reforma diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el 26 de marzo de 2019. &nbsp;&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":145334,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-145333","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-locales"],"gutentor_comment":0,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/www.agenciare.site\/index\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Guardia_1665658058.jpeg?fit=1280%2C852&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/145333","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=145333"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/145333\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":145335,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/145333\/revisions\/145335"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/media\/145334"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=145333"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=145333"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=145333"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}