{"id":124054,"date":"2021-05-03T18:34:51","date_gmt":"2021-05-03T23:34:51","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agenciare.site\/index\/?p=124054"},"modified":"2021-05-03T18:34:51","modified_gmt":"2021-05-03T23:34:51","slug":"verificara-cee-declaraciones-en-formatos-de-violencia-de-genero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/archivos\/124054","title":{"rendered":"Verificar\u00e1 CEE declaraciones en formatos de violencia de g\u00e9nero"},"content":{"rendered":"<p>El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aval\u00f3 el procedimiento para verificar la autenticidad de las manifestaciones realizadas por las candidatas y los candidatos contendientes en estas elecciones en los Formatos de violencia de g\u00e9nero, as\u00ed como el m\u00e9todo que utilizar\u00e1 para esta revisi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Lo anterior, se deriva de las reformas que realiz\u00f3 la CEE en enero pasado a los Lineamientos de Registro y de Candidaturas Independientes, al establecer la obligaci\u00f3n de todas las candidaturas de cumplir con la manifestaci\u00f3n \u201c3 de 3 contra la violencia\u201d, en la que a trav\u00e9s de un formato se expresa no haber sido persona condenada o sancionada por violencia familiar, delitos sexuales, ni deudora alimentaria morosa que atente contra las obligaciones alimentarias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para constatar si las personas registradas no han sido condenadas o sancionadas por alguno de los supuestos establecidos en los Formatos de violencia de g\u00e9nero, la Comisi\u00f3n estableci\u00f3 que efectuar\u00e1 una verificaci\u00f3n de sus manifestaciones a trav\u00e9s de una muestra representativa aleatoria que se llevar\u00e1 a cabo en presencia de Consejeras y Consejeros Electorales, y representantes de partidos y candidaturas independientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed, durante la primera quincena de mayo, la Comisi\u00f3n solicitar\u00e1 a diversas autoridades informaci\u00f3n espec\u00edfica de las candidaturas que resulten seleccionadas, como antecedentes penales relacionados con delitos de violencia familiar y\/o dom\u00e9stica; cualquier agresi\u00f3n de g\u00e9nero en el \u00e1mbito privado o p\u00fablico; delitos contra la libertad sexual o la intimidad corporal; con casos de violencia pol\u00edtica contra las mujeres en raz\u00f3n de g\u00e9nero; y sobre la calidad de persona deudora alimentaria morosa determinada por resoluci\u00f3n firme.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los casos en que se obtenga evidencia que vulnere los supuestos de los Formatos de violencia de g\u00e9nero, de inmediato se dar\u00e1 vista a la persona candidata para que, en un plazo de tres d\u00edas manifieste lo que a su derecho convenga; as\u00ed como al partido postulante en los mismos tiempos y para los mismos efectos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, durante la segunda quincena de mayo, la CEE elaborar\u00e1 un dictamen respecto al cumplimiento o incumplimiento del requisito del modo honesto de vivir de las candidaturas sujetas a revisi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, si se determinara la cancelaci\u00f3n de una o varias candidaturas por incumplir alguno de los supuestos en dichos Formatos, partidos y coaliciones podr\u00e1n realizar sustituciones de candidaturas, sin embargo, como las boletas ya est\u00e1n impresas, no ser\u00e1 posible incluir en \u00e9stas los nombres de las personas sustitutas, pero los votos obtenidos contar\u00e1n para la o las candidaturas registradas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si luego de la verificaci\u00f3n, el organismo detecta que alguna persona candidata incurri\u00f3 en falsedad de declaraciones, dar\u00e1 vista a las autoridades correspondientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al concluir la verificaci\u00f3n, la Secretar\u00eda Ejecutiva de la CEE rendir\u00e1 un informe al respecto al Consejo General.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Resuelven dudas de candidaturas no registradas<\/strong><\/p>\n<p>En respuesta a la solicitud de seis personas para ser reconocidas como candidatas y candidatos con sus nombres y los cargos que pretenden, en el recuadro de \u201ccandidatura no registrada\u201d de las boletas electorales, conforme a la normativa electoral, el \u00f3rgano estatal respondi\u00f3 que el derecho de solicitar el registro de candidaturas a cargos de elecci\u00f3n popular corresponde a los partidos pol\u00edticos, as\u00ed como a las y los ciudadanos que soliciten su registro como candidaturas independientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La CEE consider\u00f3 que incluir sus nombres y cargos en el mencionado recuadro de las boletas, adem\u00e1s de no estar previsto en la legislaci\u00f3n en la materia, supondr\u00eda una distorsi\u00f3n del sistema electoral que pondr\u00eda en riesgo la legalidad y equidad en la contienda, fiscalizaci\u00f3n de los recursos, y el r\u00e9gimen sancionador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, destac\u00f3 que el espacio o recuadro en las boletas electorales en el cual solicitan se les incluya, tiene como fin garantizar que, al emitir su voto, la ciudadan\u00eda pueda escribir el nombre de alguna persona que a su parecer podr\u00eda ser electa, distinta a las postuladas por partidos o candidaturas independientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Aprueban sustituciones<\/strong><\/p>\n<p>En otro punto de la Sesi\u00f3n Extraordinaria de este 3 de mayo, el \u00f3rgano electoral aprob\u00f3 a la Coalici\u00f3n \u201cVa Fuerte por Nuevo Le\u00f3n\u201d (VFNL) diversas sustituciones de candidaturas; en Gral. Escobedo, aval\u00f3 para la Quinta Regidur\u00eda Propietaria a Armando Ju\u00e1rez Olvera; y en San Nicol\u00e1s de los Garza a Est\u00edvaliz Abiga\u00edl Flores Enr\u00edquez a la Sexta Regidur\u00eda Propietaria<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y en Lampazos de Naranjo, acredit\u00f3 en la Primera Regidur\u00eda Propietaria a Juan Francisco Mata Villarreal; en la Primera Regidur\u00eda Suplente a Sergio Ter\u00e1n Gonz\u00e1lez; en la Segunda Regidur\u00eda Propietaria a Tania Alicia Parra Sol\u00eds; en la Segunda Regidur\u00eda Suplente a Martha Alicia P\u00e9rez Coronado; y en la Primera Sindicatura Propietaria a Oswaldo Manuel Santos Delgado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Mientras que, a Redes Sociales Progresistas (RSP), le acredit\u00f3 el registro de Gilberto Dimas Ponce, para la Diputaci\u00f3n suplente del Distrito 9.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Liquidan en definitiva a RED<\/strong><\/p>\n<p>En otro asunto de la Sesi\u00f3n, el Consejo General de la CEE aprob\u00f3 la culminaci\u00f3n definitiva del proceso de liquidaci\u00f3n del extinto partido pol\u00edtico RED Rectitud, Esperanza Dem\u00f3crata.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aval\u00f3 el procedimiento para verificar la autenticidad de las manifestaciones realizadas por las candidatas y los candidatos contendientes en estas elecciones en los Formatos de violencia de g\u00e9nero, as\u00ed como el m\u00e9todo que utilizar\u00e1 para esta revisi\u00f3n. &nbsp; Lo anterior, se deriva de las reformas que realiz\u00f3 la CEE en enero pasado a los Lineamientos de Registro y de Candidaturas Independientes, al establecer la obligaci\u00f3n de todas las candidaturas de cumplir con la manifestaci\u00f3n \u201c3 de 3 contra la violencia\u201d, en la&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":124055,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-124054","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-locales"],"gutentor_comment":0,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/www.agenciare.site\/index\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/WhatsApp-Image-2021-05-03-at-4.06.32-PM.jpeg?fit=1266%2C720&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124054","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=124054"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124054\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":124056,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/124054\/revisions\/124056"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/media\/124055"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=124054"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=124054"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agenciare.site\/index\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=124054"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}